Restricciones. La nueva normativa brasileña establece requisitos para vehículos turísticos y fija límites de antigüedad según la capacidad de pasajeros.
Pedido de mediación. Los trabajadores buscan que autoridades y concejales de Ciudad del Este gestionen ante sus pares de Foz de Iguazú una revisión de las disposiciones que afectan al transporte fronterizo.
Protesta. Taxistas se movilizaron esta semana en el microcentro esteño y expresaron su preocupación por las nuevas exigencias para vehículos paraguayos que ingresan al Brasil.
CIUDAD DEL ESTE. Un grupo importante de taxistas se movilizó esta semana en el microcentro de Ciudad del Este para reclamar la intervención de las autoridades municipales ante sus pares de Foz de Iguazú, Brasil, tras la entrada en vigencia de una nueva normativa que modifica las condiciones para la prestación de servicios de transporte turístico terrestre.
Los trabajadores sostienen que las nuevas reglas pueden afectar directamente a los servicios vinculados al intenso movimiento turístico entre ambas ciudades fronterizas. El principal reclamo está relacionado con las restricciones aplicables a los vehículos matriculados en el extranjero y con la necesidad de precisar bajo qué condiciones los transportistas paraguayos podrán continuar operando en territorio brasileño.
La nueva regulación está contemplada en la Ley Municipal N.º 5.747, sancionada por el intendente de Foz de Iguazú, Joaquim Silva e Luna, y publicada en el Diario Oficial del municipio el viernes 18 de septiembre. La norma entró en vigencia inmediatamente y sustituyó además ocho leyes municipales anteriores relacionadas con la actividad.
Alcance de la nueva legislación
El nuevo marco normativo regula el transporte turístico terrestre remunerado dentro de Foz de Iguazú, incluyendo servicios de paseos y traslados vinculados con hoteles, restaurantes, terminales de pasajeros y otros puntos de interés turístico.
La legislación establece diferentes condiciones para vehículos procedentes de otras ciudades brasileñas y para aquellos matriculados en otros países.
Los vehículos de empresas de otras ciudades brasileñas podrán ingresar a Foz para recoger pasajeros en el aeropuerto o en la terminal de ómnibus y trasladarlos posteriormente hacia su municipio de origen, siempre que cuenten con las autorizaciones correspondientes de organismos como la Agencia Nacional de Transportes Terrestres (ANTT) o el Departamento de Estradas de Rodagem (DER).
También se establecen condiciones para los vehículos de excursión provenientes de otros municipios brasileños que ingresen a Foz con pasajeros.
La situación de los vehículos paraguayos
Uno de los puntos que genera mayor preocupación entre los trabajadores del transporte fronterizo es la situación de los vehículos matriculados en otros países.
La normativa establece que los vehículos registrados en el extranjero no podrán transportar pasajeros que hayan sido recogidos en Foz de Iguazú, salvo que exista un acuerdo bilateral que autorice expresamente ese tipo de operación. La disposición puede alcanzar a unidades provenientes de Paraguay y Argentina, dependiendo de los acuerdos vigentes y de la modalidad del servicio.
Para los servicios internacionales con destino a municipios o países fronterizos, los transportistas deberán además portar una lista de pasajeros, que podrá presentarse en formato impreso, manuscrito o digital y deberá contener el nombre y el número de identificación de cada pasajero.
Incluso las empresas extranjeras que puedan operar al amparo de acuerdos bilaterales deberán cumplir con las exigencias municipales establecidas para la actividad.
Más controles e identificación obligatoria
La nueva legislación también establece exigencias específicas para los vehículos destinados al transporte turístico.
Las unidades deberán exhibir la identificación de la empresa propietaria o de la firma responsable por el contrato de arrendamiento, además del número correspondiente al Cadastur, mediante adhesivos, logotipos u otros elementos similares colocados en los laterales o en las puertas delanteras.
Para los vehículos que ya se encontraban registrados se estableció un plazo de 180 días para adecuarse a esta exigencia.
La normativa contempla además inspecciones técnicas periódicas de los vehículos, con controles sobre elementos como frenos, suspensión, dirección, iluminación, neumáticos, cinturones de seguridad, carrocería, higiene y condiciones de confort.
Límites de antigüedad
Otro de los puntos que genera preocupación entre los transportistas son los nuevos límites de antigüedad de los vehículos.
Para el primer registro, los automóviles con capacidad de hasta ocho pasajeros podrán tener hasta 10 años de fabricación. Las unidades destinadas al transporte de entre nueve y 20 pasajeros tendrán un límite de 15 años, mientras que los vehículos con capacidad superior a 20 pasajeros podrán contar con hasta 20 años.
Para la continuidad de los vehículos ya habilitados, los límites previstos ascienden a 15, 20 y 25 años, respectivamente, de acuerdo con la capacidad de cada unidad.
Los vehículos que ya estaban registrados y hayan alcanzado los nuevos límites dispondrán de un plazo de hasta 24 meses para adecuarse a las nuevas exigencias.
Preocupación en la frontera
Los taxistas de Ciudad del Este consideran que la aplicación de estas disposiciones debe ser analizada teniendo en cuenta la dinámica particular de la Triple Frontera y el permanente flujo de pasajeros entre Paraguay y Brasil.
Ante esta situación, los trabajadores pretenden que representantes de la Municipalidad y de la Junta Municipal de Ciudad del Este intervengan ante las autoridades de Foz de Iguazú para buscar mecanismos de diálogo y aclarar el alcance de las nuevas disposiciones para los transportistas paraguayos.
El reclamo pone nuevamente sobre la mesa la necesidad de una coordinación entre las autoridades de ambas ciudades para evitar que nuevas exigencias municipales generen dificultades en el transporte turístico que sostiene una parte importante de la actividad económica y comercial de la región fronteriza.